Plan que incluye la visita mensual al Centro de Conciliación de un conciliador de cabecera, que se encargara de lo siguiente:
- Dar un diagnostico sobre la situación del Centro de Conciliación, en relación al cumplimiento de la Ley y Reglamento de Conciliación (formalidades, plazos, requisitos establecidos por ley).
- Identificar los principales errores y omisiones del Centro de Conciliación en el cumplimiento de la Ley y Reglamento de Conciliación a fin de corregirlos inmediatamente, en relación a posibles infracciones contempladas en la Ley y el Reglamento de Conciliación.
- Revisión de expedientes, a fin de verificar el cumplimiento de la Ley y el Reglamento de Conciliación Extrajudicial, en relación a plazos, formalidades, correcta calificación de la solicitud de conciliación, materias conciliables, competencia del Centro de Conciliación, capacidad y legitimidad de las partes, poderes y facultades exigidos, elaboración de la invitación para conciliar y formalidad de la notificación de las invitaciones para conciliar.
- Revisión de acta de conciliación extrajudicial expedidas por el Centro de Conciliación, a fin de verificar la observancia de los requisitos de forma y fondo de toda acta de conciliación, materias conciliables, acuerdos exigibles, así como identificar errores comunes en la expedición de actas de conciliación.
- Revisión de acuerdos totales y parciales a fin de verificar su exigibilidad.
- Revisión del libro de acta de conciliación del Centro de Conciliación, a fin de verificar el cumplimiento de formas establecidas por la Ley y el Reglamento de Conciliación.
- Incorporación al Directorio de Centro de Conciliación Extrajudicial.
- Legislación especializada en conciliación extrajudicial en CD.
- Manual del operador de conciliación en CD.